Mejora de la Eficiencia Energética de las instalaciones de iluminación

Objetivo

Reducir el consumo de energía de las instalaciones de iluminación de edificios existentes.

Actuaciones subvencionables

  1. Luminarias, lámparas y equipo
  2. Sistemas y elementos que permitan el control local, remoto o automático por medios digitales de encendido y regulación de nivel de iluminación
  3. Cambio de sistema de iluminación: reubicación de los puntos de luz con utilización de las tecnologías anteriores, de forma que se reduzca el consumo eléctrico anual respecto al sistema actual de iluminación.
  4. Sistemas y elementos que permitan el control remoto o el control automático por medios digitales de instalaciones destinadas a controlar.
    1. Sistemas de iluminación eficientes ajustándola a las necesidades de cada momento.
    2. Sistemas de control automático de toldos, persianas o cortinas del edificio
    3. Sistemas de control automático del encendido y apagado de la iluminación de los edificios.
  5. Implantación de sistemas de monitorización que permitan conocer en todo momento las condiciones de confort y la idoneidad de las actuaciones realizadas a favor de la mejora de la eficiencia energética.

Requisitos que deben cumplir las actuaciones

La potencia instalada en iluminación nueva o de la instalación existente sobre la que se actúe deberá ser mayor a 10 kWe en edificios de viviendas colectivos y de 40 kWe en el resto de edificios.

Las exigencias mínimas de eficiencia energética que debe cumplir la instalación de iluminación que se rehabilite son las que figuran en el documento HE-3, Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación, del Código Técnico de la Edificación.

Cuantía de las ayudas

1º Ayuda Base: La cuantía de la ayuda será el quince por ciento del coste elegible de la actuación.

2º Ayuda adicional por criterio social, eficiencia energética o actuación integrada. Se podrá obtener una ayuda adicional a la ayuda base. El cálculo de la ayuda adicional se realizará sumando el porcentaje de cada uno de los tres criterios según corresponda. En el caso del criterio de eficiencia energética solo se podrá aplicar uno de los tres porcentajes, bien calificación energética A, B o incremento de 2 o más letras. Los valores de la ayuda adicional que corresponden a esta tipología de actuación, se indican en el cuadro siguiente:


Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid

Contacto

Dirección:
C/ Orense 81, planta 1ª Oficina 4 - 28020 Madrid
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